miércoles, 12 de mayo de 2010

Puedo afirmar que cuando una persona tiene conciencia de la existencia de un conflicto con respecto a otro,reconoce que hay condiciones de igualdad?

Considero que se puede afirmar o negar de que cuando una persona tiene conciencia y conocimiento de la existencia de un conflicto respecto a otro, es debido a que reconoce que hay condiciones de igualdad se puede afirmar o negar según las circunstancia y causas que pueden generar unas consecuencias según el conflicto en que se hallen las partes. Por ejemplo digamos que un alcalde conoció y tuvo conciencia de la existencia de un conflicto que digamos pues que es de tipo patrimonial y económico y que tengan qué ver con el patrimonio público o privado en cuanto busca privatizar patrimonios públicos como lo sería que digamos que con el patrimonio público de una ciudad o municipio se haya hecho con él un contrato oneroso y que las ganancias pasen a manos de los socios particulares privados que van a privatizar en este caso una empresa de energía de la ciudad o municipio y el alcalde que digamos conozca, sepa de la existencia de un acto de corrupción con los socios estratégicos privados a la hora de privatizar un patrimonio público como en el caso de una empresa de energía del municipio, el alcalde sepa el nombre de la persona o socio estratégico de la compañía o sociedad privatizadora que generó un desfalcó del capital de la entidad privada pero el alcalde no quiere decir el nombre, se incurre en cómplice por silencio y no decir la verdad a los sindicatos de empresa de energía frente a las gestiones y manejos de recursos de la empresa de energía de la ciudad o municipio como antes que era patrimonio público, no hay reconocimiento de condiciones de igualdad porque el alcalde incurre en silencio administrativo en omisión de sus funciones en un acto de corrupción conociéndolo y sabiéndolo se queda callado es un delito.


El pasado 31 de marzo, el señor Israel Alberto Londoño presentó su informe de gestión en el auditorio del Concejo de Pereira. Entre vivas y aplausos de simpatizantes y de burócratas concejales, se le alcanzó a escapar una frase que seguramente le costará el cargo. Mientras hablaba sobre las buenas relaciones que tiene con los nuevos dueños de Energía, el señor Israel comentó lo siguiente: “Es triste, no voy a decir el nombre. Esta semana vino un empresario de la ciudad, yo lo conozco y me dijo:
¡venga, HMM, lléveme a la Empresa de Energía, ayúdeme en algo, yo la embarré!, y yo le dije ¿cómo así que la embarró?, me dijo: ¡Hombre, HMM sí, me hicieron una recomendación y hoy me-me descubrieron a mí un-un fraude de energía dentro de la empresa!”.
A primera vista, la historia no pasa de ser una ‘curiosa’ anécdota que utiliza Israel Londoño para contextualizar el problema del fraude en materia de servicios públicos y de lo importante del proceso de normalización que lleva a cabo la Empresa de Energía, sin embargo, el verídico relato del segundo al mando en la alcaldía, lejos de ser ‘educativo’, es una fiel muestra de su desprecio por la ‘cultura de la legalidad’ que hoy tanto pregona, a viva voz, como programa bandera de su gestión administrativa.
Vale la pena resaltar que el artículo 417 del Código Penal establece que “el servidor público que teniendo conocimiento de la comisión de una conducta punible cuya averiguación deba adelantarse de oficio, no dé cuenta a la autoridad, incurrirá en multa y pérdida del empleo o cargo público”. En el caso relatado se tipifica la conducta conocida como ‘defraudación de fluidos’, es decir, el empresario que Israel guardó celosamente el nombre se apropió de energía eléctrica en perjuicio de la Empresa de Energía, lo cual -a la luz del artículo 256 del Código Penal- debería sancionarse con una pena de prisión que iría entre 16 a 72 meses y con una multa que oscilaría entre 1.33 y 150 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Israel Londoño, públicamente, aceptó conocer de la defraudación de fluidos pero inexplicablemente no informó el caso ante la autoridad respectiva como era lo esperado, lo cual llevó a que configurara el tipo penal conocido como ‘abuso de autoridad por omisión de denuncia’. Tampoco puede concebirse el por qué un ciudadano busca a un alcalde para que lo ayude a solucionar un fraude, esto deja mucho que desear tanto de quien incurrió en la conducta reprochable, como en el funcionario, ya que deslegitimaría su autoridad. Si yo sé que un primer mandatario es inflexible con prácticas de corrupción, entonces ¿lo buscaría para que me solucionara un fraude cometido contra su propia administración?
A lo anterior, se le puede sumar la inactividad del señor Londoño en solicitar a las autoridades de control una oportuna investigación contra María Irma Noreña por el presunto enriquecimiento sin causa que ésta ha tenido en los años que lleva administrando a Aguas y Aguas. Para el segundo al mando vale más resguardar un funcionario cuestionado que defender una verdadera cultura de la legalidad que, obligatoriamente, debe pasar por el cumplimiento de las normas, la denuncia de actuaciones que contraríen el ordenamiento jurídico, el respeto a la ética pública y el apoyo irrestricto al control ciudadano sobre la gestión administrativa.
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Si desea escuchar la grabación en la que el señor Israel Londoño públicamente acepta el encubrimiento de una persona que incurrió en ‘defraudación de fluidos’, por favor visite mi blog: www.opinio
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arlos.blogspot.com

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